Para: Directivos docentes, Rectores y Docentes
Asunto: Salidas Pedagógicas
(Continua...)
Las salidas pedagógicas tienen como propósito principal el fortalecimiento de las competencias básicas, ciudadanas y específicas pero requieren garantizar la seguridad e integridad de todos los participantes. Conforme a las Directivas Ministeriales 08 y 30 del 2009 y Circular 006 de marzo del 2008 emitida por esta entidad, los rectores de los establecimientos educativos de los municipios no certificados del departamento, dando estricto cumplimiento a la normatividad antes mencionada, deberán al inicio del año escolar, a más tardar el segundo viernes de febrero cada año, allegar a esta Secretaría la siguiente documentación:
- Plan estructurado que incluya objetivos, fecha, horario, lugar, responsables, aprobación escrita de los padres de familia y número, nombre y documento de identidad de los estudiantes participantes.
- Documento en donde se compruebe que los sitios objeto de la salida pedagógica cuenten con adecuadas condiciones de seguridad y salubridad.
- Documento en donde se verifique que las empresas de transporte y sus vehículos cuenten con las licencias, autorizaciones, permisos y revisiones técnicas definidos por las normas vigentes para su operación y funcionamiento.
- Documentos que acrediten la afiliación al sistema general de seguridad social de todos los miembros de la comunidad educativa que participen en la actividad.
- Acta de aprobación por el Consejo Directivo.
Con la información suministrada dentro del término señalado, esta Secretaría procederá a solicitar a la aseguradora la expedición de la póliza colectiva que ampare a los estudiantes participantes de estas actividades durante la vigencia del calendario.
En los manuales de convivencia deberá incluirse que con la suscripción o renovación año a año de la matrícula, los padres de familia o acudientes responsables aceptan la participación del o los menores a su cargo en las actividades de índole pedagógico que cumplan con los requisitos indicados dentro de las política generada por el Ministerio de Educación Nacional y la entidad que administra la educación en el Departamento, más no el compromiso de sufragar los gastos derivados de la participación a estas.
Recordamos que este tipo de actividades pueden ser realizadas siempre y cuando la documentación allegada a esta entidad cumpla con lo antes señalado, y de igual manera, no podrán generar condiciones de exclusión o discriminación y costos adicionales obligatorios para los padres de familia o acudiente responsable. Aquellas propuestas extemporáneas no serán objeto para la valoración de cumplimiento de requisitos en especial la suscripción de la póliza respectiva por esta entidad territorial, por lo que la realización y ejecución de estas implica responsabilidad a título personal con las consecuentes derivaciones en las posibles conductas en que puedan incurrir los Directivos y Docentes que autoricen y sean partícipes de las mismas.
Cordialmente,
(Original con firmas)
JUAN CARLOS MARTÍNEZ MARTÍN
Secretario de Educación de Boyacá
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